Inscripción consular: el primer trámite de todos
Es obligatoria para todo marroquí que resida o nazca fuera, y casi todo lo demás la exige antes.
Si solo vas a leer una guía de este sitio, que sea esta. La inscripción
consular es el primer trámite de todos y casi ningún otro sale adelante
sin ella.
Quién tiene que inscribirse
Cualquier ciudadano marroquí que se establezca o nazca en el extranjero,
con independencia de su sexo, su edad o su estado civil. Es decir:
también los menores, y también quien lleva treinta años en España sin haber
pisado el consulado.

lugar donde resides, no en el que te venga mejor: cada oficina custodia el
expediente de su circunscripción.
Qué te da
| Documento | Para qué |
|---|---|
| Inscripción consular | abre el expediente y habilita el resto de trámites |
| Certificado de inscripción | acredita ante terceros que estás inscrito |
El certificado se pide aparte y sirve para acreditar la residencia consular
ante la administración marroquí. No lo confundas con la inscripción en sí, que es
el asiento que queda en el expediente.
Qué depende de ella
Prácticamente todo: el pasaporte,
la CNIE, los certificados de estado
civil, el de soltería, la
ficha antropométrica y la
certificación de copias. Cuando
en una ficha de este sitio leas «requiere inscripción consular», es esto.
Qué llevar
- Pasaporte marroquí o CNIE
- Justificante de domicilio en España
- Tarjeta de residencia española, si la tienes
- Libro de Familia, para inscribir a la unidad familiar
- Fotografías, según lo que indique la oficina
consuladosmarruecos.es es una guía informativa independiente sobre los consulados de Marruecos en España. No es una web oficial y no tiene relación con el Reino de Marruecos ni con sus representaciones diplomáticas.
Los datos se comprueban contra la Lista del Cuerpo Consular acreditado en España del Ministerio de Asuntos Exteriores y contra las fuentes de cada oficina; aun así, antes de desplazarte, confirma horario y dirección llamando.
